Permiso de residencia para extranjeros por la compra de inmuebles.

Permiso de residencia para extranjeros por la compra de inmuebles.

PERMISO O AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA PARA EXTRANJEROS EN LA ADQUISICIÓN DE INMUEBLES.
Se cumple un año de La Ley 14/2013 de 27 de septiembre de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, la cual dispone en su art. 61, la creación de un visado de estancia y permiso de residencia específico por razones de interés económico, especialmente para emprendedores, inversores extranjeros y profesionales cualificados.


Durante este año se ha incrementado la compra de vivienda por extranjeros no residentes que han formalizado su visado de residencia, pudiendo encontrarse algunos en situación de solicitar la autorización de residencia para inversores.

La Ley 14/2013 dispone, entre otras medidas, que aquellos extranjeros no residentes que se propongan entrar en territorio español para realizar una “inversión significativa” de capital podrán solicitar un visado de residencia para inversores. El visado de residencia permitirá a los inversores (y a su cónyuge e hijos menores de 18 años) residir en España por un periodo de al menos un año.
Aquellos inversores que deseen residir en España durante un periodo superior al de vigencia de su visado de residencia, podrán solicitar la concesión de una autorización de residencia para inversores.

La figura del inversor se desarrolla en el artículo 63 incorporando el concepto de “inversión significativa de capital” que en el caso de la adquisición de bienes inmuebles en España, se ha situado definitivamente en los 500.000 euros. La inversión igual o superior a los 500.000 euros ha de ser libre de toda carga y gravamen. Por consiguiente, se excluye la adquisición del inmueble que se financie con garantía hipotecaria, si bien se permite financiar la parte de la inversión que exceda de 500.000 euros.
La concesión del visado de residencia para inversores constituirá título suficiente para residir en España durante, al menos, un año.

El inversor deberá acreditar además de los requisitos generales para permiso de residencia no lucrativo, tales como carecer de antecedentes penales, no figurar como rechazable, contar con un seguro de enfermedad, o contar con recursos económicos suficientes para sí y para los miembros de su familia durante su período de residencia en España, ser el propietario de la inversión inmobiliaria.
No menciona expresamente la Ley, la acumulación de varias inversiones para llegar a la mínima de 500.000. Nada dice a este respecto, por lo que debemos entender que la inversión significativa podrá ser realizada en una sola adquisición, o acumulando varias.
El extranjero puede realizar la adquisición mediante una entidad con personalidad jurídica, en este caso, se exigirá que no se encuentre domiciliada en paraíso fiscal y que se posea el control, al contar directa o indirectamente con la mayoría de los derechos de voto pudiendo nombrar o destituir a la mayoría de los miembros del órgano de administración.

Cuando el inversor extranjero agote el plazo del visado de residencia se podrá optar a la solicitud del permiso de residencia cuya vigencia será de dos años con posibilidad de renovar cada dos años siempre y cuando se mantenga una inversión significativa.
Para su solicitud, será necesario cumplir con los requisitos del art, 62, así como acreditar lo siguiente:
Poseer un visado de residencia para inversores en vigor, o si ha caducado, que no hayan transcurrido más de 90 días.
Propiedad de inmuebles por el importe mínimo exigido,
Haber viajado a España al menos una vez durante el periodo autorizado para residir.
Estar al corriente con las obligaciones en materia tributaria y de Seguridad Social que en su caso correspondan.
La autorización de residencia debe resolverse en el plazo máximo de 20 días desde su solicitud; en caso contrario, se entenderá concedida por silencio administrativo.

La renovación de residencia para inversores extranjeros podrá efectuarse aunque se produzcan ausencias superiores a 6 meses al año.

Pueden consultarnos sin compromiso al respecto aquí, Adjuntamos link de la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos para su información.



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