Derecho inmobiliario. Gestion patrimonial

Publicada la nueva Ley por el Derecho a la Vivienda: ¿Cómo le puede afectar?

Publicada la nueva Ley por el Derecho a la Vivienda: ¿Cómo le puede afectar?

Se ha aprobado la nueva Ley 12/2023 por el derecho a la vivienda que busca garantizar el derecho a una vivienda digna y adecuada. La ley modifica varias leyes relacionadas con el alquiler de viviendas, siendo algunas de las principales novedades, las siguientes: 1. Se define "gran tenedor de vivienda" como una persona o entidad que posee más de 10 propiedades o más de 1,500 m² de superficie destinada a viviendas, excluyendo garajes y trasteros. En algunas áreas con mercado de alquiler tenso, las Comunidades Autónomas pueden reducir este número a 5 propiedades. Recordando, a estos efectos, que computan todas las viviendas, incluida la propia vivienda o segunda residencia. 2. Se establece la posibilidad de declarar "zonas de mercado tenso de alquiler" mediante un proceso que tomará algún tiempo en implementarse. 3. Respecto a los contratos de arrendamiento de vivienda habitual:

  • Los inquilinos tienen derecho a una prórroga adicional de 1 año en contratos con grandes tenedores de vivienda, previa acreditación de su vulnerabilidad social y económica.
  • En zonas de mercado declaradas por la administración como Mercado Tenso de Alquiler, los inquilinos tienen derecho a una prórroga adicional de 3 años sin necesidad de acreditar ninguna circunstancia.
4. En cuanto a las rentas en nuevos contratos de alquiler de vivienda habitual:
  • En zonas no tensionadas, la renta se pacta libremente.
  • En zonas tensionadas, la renta no puede exceder la del último contrato de alquiler vigente durante los últimos 5 años.
  • Los propietarios que no sean grandes tenedores pueden aumentar la renta en un 10% en ciertos casos, como rehabilitaciones o mejoras de eficiencia energética.
  • Para los grandes tenedores de vivienda en zonas tensionadas, la renta no puede superar el nuevo Índice de Referencia de Precios de Alquiler.
5. Los gastos y honorarios para formalizar contratos de arrendamiento serán responsabilidad del arrendador. 6. Se establecen límites para la actualización anual de la renta de alquiler, y se crearán nuevos índices de referencia.
  • Durante el año 2023, sigue el límite de actualización vigente, aplicando el porcentaje que resulte del Índice de Garantía de Competitividad, con un máximo del 2%
  • Durante el año 2024, el límite máximo de actualización será del 3%
  • A partir del 01.01.2025, el Instituto Nacional de Estadística creará un nuevo índice de Revisión para la actualización anual de la renta en los contratos de arrendamiento de vivienda habitual.
7. Se modifican los procedimientos judiciales de desahucio, con plazos de espera y suspensiones para verificar la vulnerabilidad económica de los demandados. 8. Se introducen incentivos fiscales en el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF) para promover el arrendamiento de vivienda habitual.

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Instalación de ascensor y acuerdo de Junta de Propietarios.

Instalación de ascensor y acuerdo de Junta de Propietarios.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.2 de la Ley de Propiedad Horizontal, la instalación de un ascensor en la comunidad, mediante acuerdo adoptado en Junta de Propietarios, requerirá mayoría simple tanto de propietarios como de cuotas. Esto es, se exige el voto favorable de la mayoría de los propietarios que representen la mayoría del total de las cuotas de participación. Si se logra la mayoría exigida por el artículo 17.2 de la Ley de Propiedad Horizontal, el acuerdo de instalación de ascensor será obligatorio para todos los propietarios y todos deben contribuir al mismo, con independencia de su coste e importe de la repercusión anual; excepto que se acuerde la exoneración para alguno de los propietarios. El modo ordinario de contribuir al gasto, será según cuota de participación, conforme a lo dispuesto en el art. 9 LPH. Ahora bien, se puede acordar la exoneración o dispensa de la contribución a dicho gasto por parte de los locales o garajes, atendiendo a que dichos elementos de la propiedad no van a hacer uso del ascensor ni tampoco su instalación les va a reportar beneficio alguno. En tal caso, el acuerdo de distribución de los gastos de instalación puede tomarse con la misma mayoría que el acuerdo de instalación, esto es, mayoría simple, aunque implique la modificación del título constitutivo. Y, además, los propietarios que se vayan a ver beneficiados de la exoneración, siguen teniendo derecho a voto.

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NULIDAD DEL IMPUESTO DE PLUSVALÍA MUNICIPAL. RECLAMACIONES.

NULIDAD DEL IMPUESTO DE PLUSVALÍA MUNICIPAL. RECLAMACIONES.

NULIDAD DEL IMPUESTO DE PLUSVALÍA MUNICIPAL. RECLAMACIONES. La Sentencia del Tribunal Constitucional de fecha 26 de octubre de 2021, declara la inconstitucionalidad y nulidad de los artículos 107.1, segundo párrafo, 107.2.a) y 107.4 TRLHL, lo cual, supone su expulsión del ordenamiento jurídico, dejando un vacío normativo sobre la determinación de la base imponible que impide la liquidación, comprobación, recaudación y revisión de este tributo local y, por tanto, su exigibilidad.

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El pago del alquiler por el arrendamiento de los locales comerciales ante la situación de crisis provocada por el CORONAVIRUS.

El pago del alquiler por el arrendamiento de los locales comerciales ante la situación de crisis provocada por el CORONAVIRUS.

La declaración del estado de alarma no sólo ha provocado el confinamiento de los ciudadanos en sus casas, sino también el cierre obligatorio de muchos negocios y establecimientos que ocupan locales comerciales (también debemos referirnos a naves industriales, y otros inmuebles que tengan un uso distinto al de vivienda familiar), sin que, por el momento, los arrendatarios y arrendadores tengas claras cuales van a ser las consecuencias derivadas del cierre temporal de estos establecimientos.

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MORATORIA EN EL PAGO DE LAS CUOTAS DE PRESTAMOS HIPOTECARIOS VINCULADOS A LA ACTIVIDAD ECONOMICA DE EMPRESARIOS, PROFESIONALES, AUTONOMOS Y ARRENDADORES DE VIVIENDA PERSONAS FÍSICAS.

MORATORIA EN EL PAGO DE LAS CUOTAS DE PRESTAMOS HIPOTECARIOS VINCULADOS A LA ACTIVIDAD ECONOMICA DE EMPRESARIOS, PROFESIONALES, AUTONOMOS Y ARRENDADORES DE VIVIENDA PERSONAS FÍSICAS.

Esta medida, con independencia de muchas otras medidas acordadas en beneficio de estos colectivos y que no son objeto de análisis del presente artículo, viene regulada en el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19 y en el Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19.

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Contrato de arrendamiento de vivienda y su inscripción en el Registro de la Propiedad

Contrato de arrendamiento de vivienda y su inscripción en el Registro de la Propiedad

Supuestos legales de resolución del contrato de arrendamiento por perder el derecho el arrendador o por venta de la vivienda y la inscripción del contrato de arrendamiento en el Registro de la Propiedad. El Real Decreto-ley 7/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler ha venido a modificar el régimen legal anteriormente analizado en nuestro anterior artículo (aquí), todo ello, en garantía del arrendatario y sin que le sea exigible la inscripción registral del contrato de arrendamiento para obtener protección jurídica de su derecho a seguir ocupando la vivienda. Al menos, por el plazo legal establecido legalmente.

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RETENCIÓN ARRENDAMIENTOS 2019. GASTOS REPERCUTIDOS AL ARRENDATARIO DEL LOCAL.

RETENCIÓN ARRENDAMIENTOS 2019. GASTOS REPERCUTIDOS AL ARRENDATARIO DEL LOCAL.

RETENCIÓN 2019 EN ARRENDAMIENTOS DE LOCALES. FISCALIDAD DE LOS GASTOS REPERCUTIDOS AL ARRENDATARIO. RETENCIÓN DEL 19% para el 2019. Para el ejercicio 2019 el tipo de retención para rendimientos de capital inmobiliario será el 19% tal y como se ha practicado desde el 2016. Adjuntamos informe de los tipos de retención de IRPF para el ejercicio 2019, para acceder pinche aquí.

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MEDIDAS URGENTES EN MATERIA DE VIVIENDA Y ALQUILER

MEDIDAS URGENTES EN MATERIA DE VIVIENDA Y ALQUILER

Efectos de la no convalidación por el Congreso de los Diputados del Real Decreto-ley 21/2018, de 14 de diciembre, de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler y Real Decreto-ley 7/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler. La no convalidación del Real Decreto-ley 21/2018, de 14 de diciembre, de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler en el Congreso de los Diputados ha tenido como consecuencia que no se incorporen a nuestro ordenamiento jurídico las modificaciones legales contenidas en el mismo y que afectaban a distintas normas jurídicas, si bien, con la publicación del Real Decreto-Ley 7/2019, de 1 de marzo, se ha revertido la no convalidación por parte del Congreso de los Diputados, volviendo a los plazos inicialmente propuestos por el Gobierno.

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NULIDAD DE CLÁUSULA SUELO DE CAIXA ONTINYENT

NULIDAD DE CLÁUSULA SUELO DE CAIXA ONTINYENT

Nulidad de cláusula suelo de Caixa Ontinyent Nuevo caso de éxito para URIS RIERA ABOGADOS. Una sentencia obliga a Caixa Ontinyent a eliminar la cláusula suelo del préstamo hipotecario y devolver a nuestros clientes las cantidades pagadas demás por aplicación de la misma, más los correspondientes intereses.

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